Opinión de
William Villa Rojas
en 16/03/2015
Les envío por este medio el derecho de petición que no he podido entregar en el banco debido a que hay que hacer una fila demasiado larga. No se entiende el porque el Banco no tiene una sección donde reciban la correspondencia.
Le solicito comedidamente me responda este derecho por este mismo medio. Gracias
Manizales, 16 de marzo de 2015
Señores
BANCO POPULAR
Ciudad
Asunto: Derecho de petición: Exoneración de un pago
En ejercicio del derecho de petición consagrado en el articulo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del articulo 5 del código contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de solicitarles: Exonerarme de pago de comisiones.
Motiva esta solicitud el hecho que al terminar de cancelar crédito por libranza en octubre de 2014, me presente al Banco en el mes de noviembre del mismo año para solicitar la cancelación de la cuenta que el banco abre para desembolsar el préstamo. El funcionario que me atendió me dijo que no se podía cancelar la cuenta, que tenía que esperar tres (3) meses para poder efectuar dicha cancelación
.
Debido a que tuve que ausentarme de la ciudad, solo pude preséntame de nuevo al Banco el 13 de marzo de 2015 para solicitar la cancelación de la citada cuenta, encontrándome con la sorpresa que debo cancelar unas comisiones, supuestamente por el manejo de una tarjeta, tarjeta que nunca me fue entrega, ya que el desembolso me lo hicieron por ventanilla.
Considero injusto que me cobren dicha comisión ya que fue el Banco que se demoro para cancelar la cuenta, y al hecho que el Banco no me informó en que fecha exacta debía solicitar dicha cancelación, y a que como ya lo exprese, yo no me encontraba en la ciudad para efectuar el citado tramite.
Atentamente,
WILLIAM VILLA ROJAS
Cédula 10.218.062 de Manizales
Recibo respuesta en: carrera 31E nro. 42-17 o al correo eManizales, 16 de marzo de 2015
Señores
BANCO POPULAR
Ciudad
Asunto: Derecho de petición: Exoneración de un pago
En ejercicio del derecho de petición consagrado en el articulo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del articulo 5 del código contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de solicitarles: Exonerarme de pago de comisiones.
Motiva esta solicitud el hecho que al terminar de cancelar crédito por libranza en octubre de 2014, me presente al Banco en el mes de noviembre del mismo año para solicitar la cancelación de la cuenta que el banco abre para desembolsar el préstamo. El funcionario que me atendió me dijo que no se podía cancelar la cuenta, que tenía que esperar tres (3) meses para poder efectuar dicha cancelación
.
Debido a que tuve que ausentarme de la ciudad, solo pude preséntame de nuevo al Banco el 13 de marzo de 2015 para solicitar la cancelación de la citada cuenta, encontrándome con la sorpresa que debo cancelar unas comisiones, supuestamente por el manejo de una tarjeta, tarjeta que nunca me fue entrega, ya que el desembolso me lo hicieron por ventanilla.
Considero injusto que me cobren dicha comisión ya que fue el Banco que se demoro para cancelar la cuenta, y al hecho que el Banco no me informó en que fecha exacta debía solicitar dicha cancelación, y a que como ya lo exprese, yo no me encontraba en la ciudad para efectuar el citado tramite.
Atentamente,
WILLIAM VILLA ROJAS
Cédula 10.218.062 de Manizales
Recibo respuesta en: carrera 31E nro. 42-17 o al correo electrónico: villarojas50@hotmail.com.
Para lo pertinente anexo copia del documento del desembolso.
electrónico: villarojas50@hotmail.com.
Para lo pertinente anexo copia del documento del desembolso.