Opinión de
LUIS JESUS BARAJAS OVIEDO
en 16/02/2013
PARA ANUNCIAR A LOS COPROPIETARIOS DEL CONJUNTO HABITACIONAL COOMULTRASAN PROVENZA I,II,III Y IV ETPAS.
SEÑORES PARAPROFON TV COMUNITARIA:
Ruego el favor de advertir a los copropietarios legtimos e inscritos y a paz y salvo con la dministracion del Conjunto Coomultrasan Provenza, que la convocatoria a la Asamblea Ordinara General de Copropietarios para el año 2013. está viciada de NULIDAD ABSOLUTA. y que no obliga a los copropietarios del cojunto a participar e interevneir formalmente en ella, por las siguientes razones de ley:
1.- El Acta de Asamblea General Ordinaria de 2012, está impuganda ante el Juzagdo 6 civil del circuito de bucaramanga, por fortuna ADMITIDA desde septiembre de 2012, y actualmente en trámite apelacion cocendida suspension provisional del Acta impugnada ante el Tribunal Superior, por lo que no puede ser sometida a su APROBACION en asamblea.
2.- Los citantes y firmantes de la CONVOCATORIA señores Juan Carlos Silva, y Revisor Fiscal, están igualmente afectados en la impugnacion citada, y en aplicación del articulo 39 de la Ley 675 de 2001. no son los llamados ha CONVOCAR.
3.- El señor Jose Igancio Blum, no es el ADMINISTRADOR certificado INVISBU, pues desde agosto de 2012, hasta esta fecha, lo es el señor LUIS EDUARDO OCHOA NIÑO, por lo tanto el citado señro Blum no está autorizado ni facultado para hacer dicha CONVOCATORIA.
4.- Los poderes de representacion elaborados y adjuntos a la convocatoria, son ILEGITIMOS desconcen la normatividad que regula los mismos, al igual que los Reglamentos de Copropiedad Horizontal del Conjunto (poderes generales y/o especiales), a efectos de conseguir inducir en ERROR y que sean otorgados por propietarios legitmos e isncritos a ARRENDATARIOS O EXTRAÑOS, y no a copropietarios legitimos e isncritos y hábilies para tomar decisiones y ser ungidos con los cargos de administracion del conjunto.
POR LO ANTERIOR SE ADVIERTE QUE QUIENES ASISTAN Y PRESTEN SU COOPERACION PARA LLEVAR ACABO DICHA ASAMBLEA RESPONDERAN SOLIDARIAMENTE POR LOS DAÑOS PATRIMONIALES CAUSADOS Y QUE SE CAUSEN AL CONJUNTO. JUNTO CON LOS QUE SALGAN COBIJADOS CON LA SENTENCIA.O SENTENCIAS QUE SE HAN DE PROFERIR.
ATT.LUIS JESUS BARAJAS OVIEDO
C.C.13.841.746 DE BUCARAMANGA
posdatta. El remitente cancela la suma de $20.000.oo pesos m/cte por el siguiente boletin informativo comunitario, según se me señalo en llamda del dia de ayer.