Opinión de
Carlos Fradique Méndez
en 04/04/2013
Bogotá, 4 de abril de 2013
MATRIMONIO ENTRE HOMOSEXUALES SERÍA INCONSTITUCIONAL
Un debate académico no puede terminar en gresca, en guerra de familias. No podemos seguir de injuria en injuria. Debemos bajar la guardia y cultivar la paz. Según la sentencia C - 577 de 2011 el matrimonio solo puede celebrarse entre un hombre y una mujer. La pareja homosexual tiene la opción de conformar su familia mediante acto consensual y para que sea solemne se requiere de ley que lo reglamente. Entonces, para reformar el Art. 113 del C.C. es necesario primero reformar el Art. 42 de la Constitución. Bajo esta norma y la jurisprudencia de la H. Corte Constitucional, el reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo sería manifiestamente inconstitucional, situación que debe tener en cuenta el Congreso de la República. Además, una ley que autorizara lo que llaman matrimonio igualitario no sería obligatoria para los religiosos y la posibilidad de que una LEY NO SEA GENERAL es contraria a la Constitución. Es porque el nuevo Art. 113 se aplicaría solo para matrimonios civiles, jueces y notarios y no para MATRIMONIOS RELIGIOSOS, SACERDOTES Y PASTORES.
Con mi respeto de siempre,
Abog. Carlos Fradique-Méndez
C.C. 311.238 T.P. 8667
Telf 3153374680