Opinión de
CARLOS GOMEZ
en 27/06/2012
Bogotá, D. C., Junio 26 de 2012
Señores
ALMACEN ÉXITO CALLE 134
Ciudad
Asunto: Reclamo por violación a normas de la Superintendencia de Industria y Comercio
El día de hoy acudí a ese almacén a efectuar unas compras, las que registraron un valor total de $12.780.oo., pagué con un billete de $50.000.oo y la Cajera, al hacer el pago me sugirió una contribución para no sé qué causa, a lo cual no accedí., acto seguido registró mi pago y me devolvió $37.200.oo y no $37.220.oo como legalmente debía ocurrir, es decir, que los $20.oo restantes los tomó para el Almacén, sin mediar autorización de mi parte.
Sobre este hecho el suscrito hizo la aclaración con la funcionaria que me atendió en el sentido de confirmarle exactamente cuánto me devolvía.
Me permito agregar a este reclamo las disposiciones concernientes de la Superintendencia de Industria y Comercio al respecto:
Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. “…2.3.2.4 Disponibilidad de “vueltas”… …Será responsabilidad del establecimiento disponer de las denominaciones necesarias para suministrar al consumidor el cambio correcto. En ningún caso el cambio podrá ser inferior al que arroje la cuenta.”
Avisos en Cajas Registradoras
Asimismo, la Superintendencia de Industria y Comercio ha establecido en su Circular Única la obligación de informar a los clientes de los grandes almacenes la obligación que tienen de dar la “vuelta” completa y en todo caso nunca inferior, en otras palabras de llegar el caso, el gran almacén debe dar una suma superior a la “vuelta” debida.
Ejemplo: el producto vale $ 10.320 y pago con $ 10.500 (billete de $ 10.000 y una moneda de $ 500), la vuelta es $ 170, en este caso el almacén debe devolver completo los $ 170, no puede dar ni $150 ni $ 100, pero si no tiene para entregar la suma exacta, el almacén le tocaría entregar al cliente una moneda de $ 200.
Veamos:
“ 2.3.2.6 Aviso de cumplimiento El siguiente texto deberá mantenerse en cada establecimiento abierto al público de los grandes almacenes, de modo que sea legible a simple vista desde todas las registradoras o cajas: Por disposición de la Superintendencia de Industria y Comercio, este establecimiento debe informar al público, además del valor de cada artículo, … … este establecimiento debe contar con las denominaciones necesarias para dar al consumidor el cambio o “vueltas” correctas y, en ningún caso, el cambio podrá ser inferior al que arroje la cuenta. Como responsable del cumplimiento de estas disposiciones se ha designado a (nombre del responsable local del cumplimiento) quien atenderá sus inquietudes y reclamos. En caso de persistir el incumplimiento, agradecemos informar al 01800 910165.”
Recibiré notificación de esta actuación en el Apartado Postal 360798 de Bogotá, o al Cel. 311-2745484.
CARLOS GOMEZ CAMACHO
c..c. 17.165.838 de Bogotá
Nota. Adjunto fotocopia del Recibo expedido por la Caja Registradora